segunda-feira, 14 de setembro de 2015

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LAS "ESTRUCTURAS DE ESTADO" CATALANAS »

El Constitucional suspende la Ley de la Agencia Tributaria catalana

El Gobierno impugnó la norma porque pretende integrar a los funcionarios del Estado en cuerpos dependientes de la Generalitat

Mas intenta apuntalar la secesión con su plan de agencia tributaria
REYES RINCÓN Madrid 14 SEP 2015 - 15:20 CEST

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Fachada del Tribunal Constitucional, en Madrid. / CLAUDIO ÁLVAREZ

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El Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente el artículo 4 de la Ley de la Agencia Tributaria de Cataluña al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno deMariano Rajoy, que argumenta que la norma impulsada por la Generalitat pretende integrar a los funcionarios de la agencia del Estado en cuerpos dependientes de la Generalitat.

El Ejecutivo central recurrió el pasado 31 de julio el artículo 4 de la ley catalana al entender que vulnera el derecho que tienen todos los ciudadanos de España a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos. La Generalitat de Cataluña ha convocado una rueda de prensa urgente para criticar lo que, en la práctica, es la paralización la primera de las "estructuras de Estado" creadas por el Ejecutivo de Artur Mas para la independencia.

El artículo recurrido añade a la ley de la Hacienda catalana dos disposiciones relativas a la integración voluntaria de los funcionariosen dos cuerpos de la Generalitat: el Cuerpo Superior de Inspectores Tributarios y el de Técnicos de Gestión Tributaria. Este derecho se aplica a dos tipos de funcionarios: los que presten servicios en otras Administraciones Públicas, que tienen asignadas funciones coincidentes con las de estos cuerpos y que tengan destino definitivo en Cataluña; y a los que tengan asignadas funciones coincidentes, que pertenezcan a cuerpos y escalas del subgrupo A1 o A2 de funcionarios otras administraciones públicas, y que en el momento de la convocatoria presten servicios en la Generalitat o en los entes del sector público que de ella dependen.

El problema, según argumentó el Gobierno cuando presentó el recurso, radica en el primer grupo y, concretamente, en el hecho de "requerir el destino definitivo en el ámbito territorial de Cataluña", pues de esta forma "se excluye el derecho de acceder en condiciones de igualdad al resto de interesados del resto de España", permitiendo a funcionarios que no prestan servicios en la Administración autonómica "acceder por integración a la función pública de ésta".

Las razones esgrimidas por el Gobierno para impugnar este artículo fueron que vulnera el derecho fundamental del artículo 23 de la Constitución, “por el que los ciudadanos de toda la nación tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos”.

El Ejecutivo cree también que se vulnera el artículo 103.3 de la Constitución que establece el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. Asimismo, apunta que afecta a los artículos 55 y siguientes del Estatuto Básico del Empleado Público, relativos al acceso al empleo público y la adquisición de la relación de servicio. "Este Estatuto señala que los sistemas de selección de funcionarios de carrera serán, con carácter general, los de oposición y concurso-oposición y sólo en virtud de ley, y con carácter excepcional, el sistema de concurso", argumenta. Según el Gobierno, el proceso de integración que plantea la norma catalana es contrario al Estatuto Básico del Empleado Público, que no regula este tipo de proceso.

El Constitucional ha acordado trasladar la demanda al Congreso de los Diputado, al Senado, al Gobierno y al Parlamento de Cataluña, que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes. La suspensión cautelar del artículo se prolongará por un máximo de cinco meses. Antes de que termine este plazo, el tribunal debe decidir si la paraliza de forma definitiva hasta que se pronuncie sobre el fondo del asunto o deja que la Generalitat aplique su ley mientras llega la sentencia.

La Agencia Tributaria de Cataluña es uno de los estamentos clave en los que ha trabajado el Gobierno de Artur Mas en los últimos años para afianzar el pulso soberanista. Este organismo se encargaría del control y la recaudación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y del de Sucesiones y Donaciones y aspiraba a que los contribuyentes catalanes le confiaran sus datos fiscales para aglutinar información tributaria que ahora solo tiene el Estado.

El plan de Artur Mas, lanzado a dos meses de las elecciones del 27-S, ha sido elaborado por académicos y consultoras, y su iobjetivo era basar la recaudación de impuestos en un modelo de “cooperación con el contribuyente” a la manera del modelo de agencia tributaria “sueco y australiano”, definió el presidentente catalán.

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